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PARA AUTORIZAR AL MUNICIPIO AUTÓNOMO DE SAN JUAN, REPRESENTADO POR SU ALCALDE O EL FUNCIONARIO EN QUIEN ESTE DELEGUE, A ATENDER ADMINISTRATIVAMENTE EL ARRENDAMIENTO, OPERACIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE LA CAFETERÍA DEL CENTRO DE GOBIERNO (TORRE MUNICIPAL) DEL MUNICIPIO AUTÓNOMO DE SAN JUAN, DE ACUERDO CON LO SOLICITADO POR LA JUNTA DE SUBASTAS Y SEGÚN LO AUTORIZA EL ARTÍCULO 2.040 DE LA LEY 107-2020, SEGÚN ENMENDADA, CONOCIDA COMO EL “CÓDIGO MUNICIPAL DE PUERTO RICO”; Y PARA OTROS FINES.