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PARA ENMENDAR LOS ARTÍCULOS 7.007 Y 7.009 DEL CAPÍTULO VII DE LA ORDENANZA NÚM. 7, SERIE 2002-2003, SEGÚN ENMENDADA, CONOCIDA COMO EL “CÓDIGO DE URBANISMO DEL MUNICIPIO DE SAN JUAN”, A FIN DE FACILITAR EL PROCESO DE REGISTRO ESTABLECIDO EN EL “REGLAMENTO PARA ESTABLECER EL REGISTRO DE ALQUILERES A CORTO PLAZO EN EL MUNICIPIO DE SAN JUAN”; Y PARA OTROS FINES.