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PARA AUTORIZAR LA CONCESIÓN DE UN BONO DE NAVIDAD DE HASTA UN MÁXIMO DE MIL DÓLARES ($1,000), AL AMPARO DE LAS DISPOSICIONES DEL INCISO (B) DEL ARTÍCULO 2.057 DE LA LEY 107-2020, SEGÚN ENMENDADA, CONOCIDA COMO EL “CÓDIGO MUNICIPAL DE PUERTO RICO”, Y DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN LA LEY NÚM. 34 DE 12 DE JUNIO DE 1969, SEGÚN ENMENDADA, EXCLUYENDO AL ALCALDE, AL ADMINISTRADOR DEL MUNICIPIO Y A LOS MIEMBROS DE LA LEGISLATURA MUNICIPAL; Y PARA OTROS FINES.