1094 descargas
PARA AUTORIZAR LA CONCESIÓN DE UN BONO DE NAVIDAD HASTA UN MÁXIMO DE SETECIENTOS (700) DÓLARES Y EN CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN LA LEY NUM. 34 DE 12 DE JUNIO DE 1969, SEGÚN ENMENDADA, CONOCIDA COMO LEY DEL BONO DE NAVIDAD, Y AL AMPARO DE LAS DISPOSICIONES DE LA LEY 107-2020, CONOCIDA COMO CÓDIGO MUNICIPAL DE PUERTO RICO, EN SU ARTÍCULO 2.057- BENEFICIOS MARGINALES, INCISO (B), EXCLUYENDO A LA ALCALDESA, A LA ADMINISTRADORA DE LA CIUDAD, AL VICEALCALDE(SA) Y A MIEMBROS DE LA LEGISLATURA MUNICIPAL.