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PARA ENMENDAR LAS SECCIÓN 4. 10(C), INCISO (10); SECCIÓN 4.10(D), INCISO 6, SUBINCISOS (D), (E), Y (F), Y EL INCISO 10, SUBINCISOS (B) Y (C), Y SUBINCISO (1); SECCIÓN 4.11; SECCIÓN 4.19 (H); Y SECCIÓN 4.21 DE LA ORDENANZA NÚM. 11, SERIE 2002-2003, SEGÚN ENMENDADA, CONOCIDA COMO EL “CÓDIGO DE SEGURIDAD PÚBLICA DEL MUNICIPIO DE SAN JUAN”, UBICADOS EN SU CAPÍTULO IV, DENOMINADO “REGLAMENTO DE LA POLICIA MUNICIPAL”, A FIN DE DISPONER QUE LOS ADIESTRAMIENTOS A LOS CADETES DE LA POLICÍA MUNICIPAL PODRÁN SER EFECTUADOS POR CUALQUIER INSTITUCIÓN EDUCATIVA DEBIDAMENTE ACREDITADA, CUYO CURRÍCULO SEA SIMILAR AL DE LA POLICÍA DE PUERTO RICO, Y POR EL INSTITUTO DE EDUCACIÓN Y ADIESTRAMIENTO DE LA POLICÍA MUNICIPAL DE SAN JUAN; Y PARA OTROS FINES.