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PARA ENMENDAR LOS ARTÍCULOS 18.03, 18.17 y 18.18 DEL CAPÍTULO XVIII DE LA ORDENANZA NÚM. 28, SERIE 2001-2002, SEGÚN ENMENDADA, CONOCIDA COMO “CÓDIGO DE DESARROLLO ECONÓMICO DEL MUNICIPIO DE SAN JUAN”, A FIN DE TRANSFERIR LA SUPERVISIÓN DE LOS CEMENTERIOS AL DEPARTAMENTO DE OPERACIONES Y ORNATO; CLARIFICAR DISPOSICIONES; Y PARA OTROS FINES.