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PARA ENMENDAR EL INCISO (4) DEL ARTÍCULO 12.07 DEL CAPÍTULO XII DE LA ORDENANZA NÚM. 28, SERIE 2001-2002, SEGÚN ENMENDADA, CONOCIDA COMO “CÓDIGO DE DESARROLLO ECONÓMICO DEL MUNICIPIO DE SAN JUAN”, A FIN DE MODIFICAR EL HORARIO DE CIERRE DE LAS CAFETERIAS QUE DAN AL EXTERIOR DE LA PLAZA DEL MERCADO DE SANTURCE Y LOS NEGOCIOS UBICADOS EN EL ANEXO DE LA PLAZA, CON EL OBJETIVO DE UNIFORMAR HORARIOS, PROMOVER LA ACTIVIDAD ECONÓMICA, HACER JUSTICIA A LOS PEQUEÑOS COMERCIANTES Y PROMOVER UN AMBIENTE DE COLABORACIÓN Y RESPETO ENTRE EL MUNICIPIO, LOS COMERCIANTES, CONSUMIDORES Y RESIDENTES; Y PARA OTROS FINES.